La seguridad es una de las grandes patas principales al hablar de ocio nocturno y si tienes o has decidido emprender en este negocio, deberás tener claro cuales son los protocolos así como ciertas medidas de seguridad y prevención y contar con un plan de seguridad para eventos y de esta manera evitar cualquier tipo de incidente.
En este artículo, te daremos las directrices necesarias para llevar a cabo un correcto funcionamiento respecto a la seguridad de tu evento así como un control de la normativa aplicable y los riesgos a prevenir.
La seguridad en grandes eventos, es uno de los elementos clave a la hora de organizarlo, porque el número de asistentes es proporcional al riesgo que se genera, por ello, es fundamental tomar ciertas medidas de seguridad y prevención y contar con un plan de seguridad para eventos para evitar cualquier tipo de incidente.
En el sector del ocio nocturno, los eventos generalmente conllevan grandes aglomeraciones de gente y si a eso le sumamos otros factores como la música, el alcohol y el ruido, puede convertirse en un polvorín si no se toman las medidas de seguridad precisas.
Al organizar un evento, sin importar la índole, se deben detectar los peligros y evaluar los riesgos para prevenir incidentes y saber cuál es será el proceso a seguir en caso de una situación de emergencia para evitar males mayores, por ello deben existir medidas de seguridad.
Aunque en cualquier evento debe existir prevención, el número de asistentes y el tipo de evento son los elementos que determinan los riesgos a los que se estará expuesto. El escenario en el que se lleva a cabo también es un factor importante, porque los riesgos cambian de un espacio abierto a un espacio cerrado.
Estos son algunos de los riesgos que se deben evaluar antes de organizar un evento:
Riesgos de localización: Se debe considerar el tipo de recinto en el que se va a realizar el evento, si es un espacio abierto, se deben considerar aspectos como la meteorología. Si es en un espacio cerrado, se debe tener en cuenta la ventilación, salidas de emergencia, entre otras.
Riesgos sanitarios: Se debe estar preparado para atender cualquier accidente con alguno de los asistentes, ya que puede haber algún desmayo, caída, malestares relacionados con el consumo de alcohol e incluso la necesidad de atender a alguien por alguna reyerta.
Riesgo de alteración del orden: Es uno de los riesgos a los que se les debe poner mayor atención, ya que son muy recurrentes en el sector del ocio nocturno. Una discusión o enfrentamiento entre asistentes puede derivar en un altercado mayor si no se controla a tiempo.
Riesgo de robo: Se debe tener especial cuidado en el transporte y resguardo del equipo de montaje y material audiovisual que se va a utilizar en el evento. Además, debe haber elementos de seguridad para evitar, dentro de lo posible, robos a los asistentes, ya que es una de las cosas que da mala imagen a un evento.
Riesgo de intrusión: Otra de las cuestiones importantes a prevenir, es la intrusión, porque pueden derivar en otros riesgos para el evento, como causar altercados o sobrepasar el aforo previsto.
Riesgo de sabotaje: Antes y durante el evento puede haber algún daño intencionado en el montaje, la instalación eléctrica, entre otras, que pueden generar otros riesgos, como riesgo de incendio o una evacuación desordenada, por lo que se debe estar preparado para reaccionar.
Riesgo de atentado: Este es uno de los riesgos al que menos nos gustaría enfrentarnos al organizar un evento, porque es la más complicada de afrontar, pero es importante estar preparados para paliarla y evitar una tragedia.
Riesgo de incendio: Cualquier fallo eléctrico podría generar un conato de incendio, así como una fuente de combustible indebidamente colocada, algún cigarrillo o incluso si se utiliza algún fuego artificial para amenizar el evento.
Hay aspectos de seguridad en eventos que no se deben pasar por alto, porque la ley te obliga a cumplirlos. Se debe tener en cuenta la normativa tanto a nivel nacional, autonómico e incluso municipal.
Estas normativas determinan las medidas de seguridad que se deben adoptar al organizar un evento.
Esta es la normativa estatal que se debe tener en cuenta a la hora de organizar un evento:
-Decreto 44/2014, de 25 de marzo, es la normativa que regula los Espectáculos Públicos y Actividades de Recreo.
Esta normativa establece que los organizadores de eventos y espectáculos públicos, están obligados a contar con un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir, en caso de ser necesario, los daños a los asistentes. La suma asegurada se determinará en función del aforo y cambia de una Comunidad Autónoma a otra.
En Cataluña, por ejemplo, el Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, establece que, para un aforo de 100 personas el capital asegurado debe ser de mínimo 300.000 €, para 5.000 asistentes de 2.000.000 € y cuando se supere ese número de personas, se incrementará la cantidad mínima de capital en 60.000 € por cada 1.000 asistentes hasta llegar a los 6.000.000 €.
-Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia (BOE núm. 72, de 24 de marzo).
Con el fin de prevenir y controlar situaciones de emergencia, este Real Decreto establece que se debe contar con un plan de autoprotección en los eventos que se realicen en recintos cerrados y en los que el aforo supere las 2.0000 personas, así como en eventos al aire libre con más de 20.000 asistentes. Las reglas de aforo pueden variar de una autonomía a otra, ya que tienen potestad para establecer el que les parezca conveniente.
El plan de autoprotección debe ser firmado y redactado por un técnico competente.
En este apartado también se incluye un plan de emergencia, en el que se establecerán criterios de actuación rápida del personal de acuerdo al tipo de emergencia que se suscite. y un plan de seguridad integral, para asegurar la coordinación de los recursos humanos y materiales para garantizar la seguridad en el evento.
-Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOE núm. 267, de 6 de noviembre).
Esta normativa señala que, al organizar un evento será necesario coordinar la seguridad privada con las fuerzas del orden público y demás servicios de emergencia para garantizar la seguridad de los asistentes.
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